La Protección de Datos Personales en el Sector Inmobiliario
Recientemente llevé a cabo una presentación para el área de capacitación y certificación del capítulo Distrito Federal de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios, asociación civil que agrupa a personas físicas ocupadas en actividades inmobiliarias como administradores, comercializadores, mediadores, valuadores, promotores, asesores en financiamiento y consultores. Dado que su materia concierne a la morada de las personas, el sector inmobiliario es sumamente intensivo en tratamiento de datos personales, y es fundamental para los profesionales del sector tenerlo claro e implementar su cumplimiento normativo.
Aunque no haya obligaciones de privacidad entre vecinos, en el caso de quienes viven en condominio los órganos condominales dan tratamiento a los datos de los condóminos, y deberían poner a disposición de estos un Aviso de Privacidad, a pesar de que ese tratamiento sea realizado con motivo del cumplimiento y observancia de la Ley de Propiedad en Condominio. De hecho es costumbre en México que, en adición al informe de la Asamblea del condominio sobre el estado del pago de cutoas, se publique en estrados el nombre y casa o departamento de los morosos, lo cual constituye un acto de transferencia de datos que, a la postre, son patrimoniales y cuyo tratamiento requiere consentimiento expreso.
De igual manera un asesor inmobiliario invariablemente dará tratamiento a datos personales que también pueden ser patrimoniales y, en el proceso de compraventa o arrendamiento de un inmueble incluso llegar a dar tratamiento a datos personales sensibles como estado de salud u orientación sexual de una persona, sin mencionar los patrimoniales derivados del rango de precio del inmueble o su renta.
Además en el proceso de compraventa de un inmueble intervienen terceros a quienes el asesor inmobiliario tendría que transferir los datos de las partes, tales como el notario ante cuya fe se formalice dicha operación o el banco que provea el fondeo para ello.
Más aun, los propietarios de un inmueble que deseen darlo en arrendamiento y logren el contacto con su arrendatario a través de un asesor inmobiliario darán tratamiento a los datos personales de aquél para finalidades diversas de aquéllas para las cuales lo hubiera hecho el asesor inmobiliario, por lo que deberían tener un cumplimiento normativo propio y distinto del de éste último.
Por dichos motivos un factor que no debe pasarse por alto es que el cumplimiento normativo en protección de datos personales es un elemento de confianza entre estos prestadores de servicios y su clientela, que abona a su imagen.
