archivo

Archivos Mensuales: junio 2015

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, o «Ley Antilavado», fue muy sonada desde finales de la administración del Presidente Calderón, y de las primeras promulgadas en la del Presidente Peña. Como siempre ocurre con la vigencia de un nuevo ordenamiento, fue muy comentada en diversos foros desde la presentación de la iniciativa correspondiente, y este blog no fue la excepción (ver entradas de los días 17 de junio, 17 de julio,  16 de agosto, 30 de agosto, 11 de noviembre, del 2013 y el 19 de enero del 2014), pero acercándonos al segundo aniversario de su vigencia sus alcances y resultados son poco conocidos, y aparentemente limitados.

En parte es obvio que la reserva y confidencialidad con la que se debe conducir el trabajo de la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento del terrorismo no abona a la difusión de buena parte de la materia. Por otra no obstante la relevancia del tema en el contexto de (in)seguridad que vive México, las autoridades han hecho poco para difundir lo avanzado en la aplicación de dicho ordenamiento, lo cual podría generar en el público la impresión de que no fue más que otro intento por sujetar al gobernado a mayores requerimientos de cumplimiento normativo de poca trascendencia, generando molestia por la consecuente carga regulatoria. El 1 de febrero de este año Reforma dio cuenta de comentarios de diversos galeristas de arte (actividad vulnerable sujeta a la Ley conforme a su artículo 17, fracción VII) sobre la dinámica que siguieron para mitigar el impacto regulatorio, y algunos han escrito en contra del mismo.

Para salir de dudas, no queda más que el acceso a la información pública, puesto que una vez concluido un procedimiento administrativo la información derivada del mismo adquiere tal carácter. Por ese medio ha sido posible saber que al menos en el caso de la fracción V del artículo 17 de la Ley (prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes por cuenta o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios), en el período comprendido entre la entrada en vigor entre la entrada en vigor de la Ley y el mes de mayo del presente año fueron impuestas 10 sanciones, por un total de $322,992.00.

Será interesante sondear cómo ha evolucionado el comportamiento de las demás actividades vulnerables prevista en dicho ordenamiento, particularmente los instrumentos monetarios, metales y piedras preciosas o vehículos terrestres, marítimos y aéreos, así como su blindaje.

Compliance Report

Compliance and Ethics Powered by Advanced Compliance Solutions

Xavier Ribas

Derecho de las TIC y Compliance

Business & Money

The latest news and commentary on the economy, the markets, and business

CIDE-Comunicación

Canal de difusión con los medios.

Martha Salamanca Docente

Blog de TICs, Redes Sociales y Multimedia Educativo

Devil's Advocate Crib

Just another WordPress.com site

Investigating Internet Crimes

An Introduction to Solving Crimes in Cyberspace

SoshiTech - Soshitech.com

Technology News, Startup Information & Social Networking