El Economista reportó a principios de agosto que Ramón Cabrera, Subprocurador Fiscal de Investigaciones de la SHCP, afirmó que estaba listo un primer borrador del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y que confirmó que el documento definitivo estaría listo antes del 16 de agosto.
Pues conforme a lo dicho por él, el Reglamento fue publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación. ¿Qué implica esto para la práctica en la materia?
Por principio, que la presentación de los Avisos que quienes realicen Actividades Vulnerables están obligados a llevar a cabo se realizará por primera vez el 30 de Octubre. Ello toda vez que:
- De acuerdo con el artículo 23 de la Ley, los Avisos de quienes realicen Actividades Vulnerables deberán ser presentados a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel en que se hubiera llevado a cabo la operación que le diera origen y que fuera objeto de Aviso.
- El párrafo segundo del Artículo Cuarto Transitorio de la propia Ley dispone que la presentación de los Avisos se llevará a cabo por primera vez, a la entrada en vigor de su Reglamento, y que tales Avisos deberán contener la información de los actos u operaciones celebrados a partir de la fecha de entrada en vigor del citado Reglamento, y
- Los Artículos Primero y Segundo Transitorios del Reglamento establecen: (i) que dicho estatuto entrará en vigor el 1 de Septiembre, y que las disposiciones sobre presentación de Avisos por Actividades Vulnerables entrarán en vigor a los 60 días siguientes a la entrada en vigor del propio Reglamento, debiendo contener dichos primeros avisos la información de los actos u operaciones relacionados con las Actividades Vulnerables realizadas a partir del 1 de septiembre de 2013.
Si bien éstas últimas están pendientes y no aparecen aún en el buscador de regulaciones de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (al igual que el Reglamento no figuró en su momento), el hecho de que este ordenamiento hubiera sido expedido en tiempo y contra toda expectativa del público y el foro en general es indicativo de la importancia y prioridad de la matera.
Momento de poner manos a la obra en cumplimiento normativo, mismo que Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, S.C. («Deloitte» México) estiman puede tener un costo de entre $50,000.00 y $80,000.00 M.N. para pequeñas y medianas empresas.