A 10 meses y medio de la publicación en el Diario Oficial de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y casi 15 días de su entrada en vigor, aún no se tiene el Reglamento de la Ley y, por lo tanto, tampoco el modelo de reporte que quienes realicen actividades vulnerables deberán presentar mensualmente.
Sin embargo, tratándose de instituciones financieras, que tienen un régimen ya muy pulido para estos efectos, hoy fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Resolución por la que se reforma la diversa que expide el formato oficial para el reporte de operaciones relevantes, inusuales y preocupantes contemplado en las disposiciones de carácter general que se indican, así como el instructivo para su llenado, publicada el 14 de diciembre de 2004 y reformada por última ocasión mediante resolución publicada el 8 de junio de 2012.
Las modificaciones se limitan a rubros de monto, nacionalidad del cuentahabiente y organismo supervisor de la institución financiera que llene el reporte.
Ya se verá qué tanto abreva de este modelo el desarrollo para la implementación de la Ley Anti-Lavado.